Qué hacer cuando fallece un familiar: guía paso a paso
Cuando fallece un familiar, además del impacto emocional, comienzan a surgir muchas dudas prácticas: certificados, bancos, herencia, impuestos y trámites administrativos.
En los primeros días es habitual no saber por dónde empezar. Por eso es importante seguir un orden claro para evitar errores y retrasos en la gestión de la herencia.
En esta guía te explicamos qué hacer cuando fallece un familiar y cuáles son los primeros trámites que debes realizar.
Solicitar el certificado de defunción
El primer paso es obtener el certificado literal de defunción.
Este documento es imprescindible para realizar cualquier trámite posterior, ya sea con bancos, notaría o administraciones públicas.
Solicitar el certificado de últimas voluntades
Transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, debes solicitar el certificado de últimas voluntades.
Este documento indica si la persona otorgó testamento y ante qué notario.
Si existe testamento, habrá que acudir a ese notario para obtener una copia autorizada.
Si no existe, será necesario tramitar una declaración de herederos.
Comprobar si hay testamento
Hay dos situaciones posibles:
Si hay testamento: la herencia se tramita conforme a lo que dejó establecido el fallecido.
Si no hay testamento: será necesario realizar una declaración de herederos ante notario.
Este paso es fundamental para saber quién tiene derecho a heredar.
Inventariar bienes y deudas
Antes de aceptar la herencia es necesario identificar todos los bienes y posibles deudas del fallecido.
Entre ellos pueden encontrarse:
- viviendas
- cuentas bancarias
- vehículos
- seguros de vida
- fondos de inversión
- préstamos o deudas pendientes
Este inventario permitirá calcular correctamente el Impuesto de Sucesiones.
Adjudicación y formalización ante notario
Una vez determinados los herederos, los bienes y su valor, se formaliza la escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario.
En este documento se reparten los bienes entre los herederos.
Liquidar el Impuesto de Sucesiones y plusvalias municipales
El Impuesto de Sucesiones debe presentarse en un plazo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento.
En comunidades como Madrid existen bonificaciones importantes, pero es imprescindible calcular bien la base imponible y presentar correctamente la autoliquidación.
Si no se presenta en plazo, pueden generarse recargos e intereses.
Si existen bienes inmuebles en la herencia, están sujetos al pago del impuesto sobre el incremento del valor del suelo urbano (IIVTNU) tambien con un plazo de 6 meses a contar desde el fallecimiento.
Inscripción en el Registro de la Propiedad
Si hay inmuebles, será necesario inscribirlos en el Registro de la Propiedad para que pasen oficialmente a nombre de los herederos.
¿Necesitas ayuda para tramitar una herencia?
La gestión de una herencia puede resultar compleja, especialmente cuando hay varios herederos, inmuebles o dudas fiscales.
En Abintestato gestionamos herencias de forma integral: certificados, notaría, impuestos, plusvalía municipal y registro.
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